Un artículo de la ley audiovisual, vigente, plantea un obstáculo irresoluble que se suma a los contratiempos en la negociación de la televisación del fútbol argentino a partir de 2017.
por Martín Becerra
Los grupos interesados en explotar la televisación del fútbol piden al gobierno de Mauricio Macri que elimine el artículo 77 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Este artículo establece que hay, anualmente, un listado de acontecimientos de «interés general» que deben ser emitidos en abierto por televisión. Si el gobierno anula por decreto ese artículo incrementará la inseguridad e inestabilidad jurídica, y la litigiosidad, en el área de los medios audiovisuales. Si no lo anula, penderá sobre los acuerdos en curso la amenaza de que pueden ser -en parte- declarados de «interés general».
Para definir dicho listado se debe convocar a audiencias públicas y escuchar a diferentes actores. Los acontecimientos de «interés general», según la ley, no tienen por qué ser temáticos, es decir que no se reducen únicamente al fútbol, ni tiene a priori por qué incluirlo, aunque desde 2009, año en que fue sancionada la ley audiovisual y adoptado el Programa Fútbol para Todos (unos meses antes que la ley), una parte significativa del listado se refiriera a espectáculos futbolísticos.
En las audiencias, dice la ley, debe participar la Defensoría del Público Audiovisual, que actualmente sufre la acefalía dado que el Congreso Nacional no ha designado a su titular. El listado de acontecimientos de «interés general» se realiza con seis meses de antelación, así es que los hechos relevantes de 2016 fueron definidos en 2015. En 2016, el entonces flamante gobierno de Macri no convocó a audiencias (el órgano que debía convocarlas era el disuelto Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, reemplazado por decreto de Macri). Pero, no obstante este reemplazo decretado por el gobierno, el artículo en cuestión está vigente.
Macri podría derogar por decreto el artículo 77 de la ley audiovisual, como piden los privados. Ya derogó otros artículos de la ley audiovisual (a la que siempre se opuso), también por decreto(s).
Pero -y hete aquí el drama de legislar por decreto- otro gobierno en 2019 podría, también por decreto, anular el decreto de Macri y restaurar el art. 77 entendiendo que es importante preservar de la mercantilización absoluta ciertos acontecimientos de interés relevante.
De modo que la «seguridad jurídica» reclamada por los interesados en presentarse como oferentes para la televisación arancelada del fútbol es incompatible con la vía sumaria del decreto.
Como hasta hoy mismo el artículo sostiene un derecho de las audiencias, cualquiera podría presentar un recurso si este derecho reconocido por el Congreso Nacional (que no se cumple dado que el gobierno no realizó las audiencias necesarias para definir el listado de eventos) fuese eliminado por decreto.
Gran dilema gran entre las decenas de problemas gigantescos que detonaron en los negocios del fútbol argentino tras el declarado deceso de Fútbol para Todos (FpT) entre el gobierno nacional, la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), los interesados en explotar los derechos de exhibición (Fox, Turner, ESPN), la productora que «siempre está» (Torneos) y los intermediarios como operadores de distribución tanto por televisión como por Internet (Cablevisión, Speedy, Arnet, DirecTV y otros).